¿Qué son los nuevos ajustes al impuesto a las fuentes contaminantes?
El impuesto a las fuentes fijas contaminantes se creó en la reforma tributaria del 2014 y establece un gravamen a las emisiones al aire de material particulado (MP), óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de carbono (CO2), producidas por establecimientos cuyas fuentes fijas, conformadas por calderas o turbinas, individualmente o en su conjunto sumen, una potencia térmica mayor o igual a 50 MWt (megavatios térmicos), considerando el límite superior del valor energético del combustible.
La semana pasada, el Ejecutivo ingresó a la comisión de Hacienda de la Cámara varios cambios referidos a dicho tributo: primero, eliminó la referencia a "calderas o turbinas", reemplazándola por "emisoras" que emitan 100 o más toneladas anuales de material particulado, o 25.000 o más toneladas anuales de C02. De esta forma, se amplió el alcance del impuesto a otros establecimientos.
Eso sí, la indicación estableció que se excluirá del impuesto a las calderas de agua caliente para el servicio del personal y los grupos electrógenos de respaldo, con potencia menor a 500 kWt.
El segundo ajuste incorporó la posibilidad de que las empresas compensen (a través de los denominados "offsets") a través de la implementación de proyectos de reducción de emisiones todo o parte de las emisiones gravadas, "para efectos de determinar el monto del impuesto a pagar". La cartera establece que dichas medidas compensatorias deben ser reducciones de material contaminante "adicionales, medibles, verificables y permanentes".
Otro de los ajustes que ingresó Hacienda se refiere a cambios en la vigencia del proyecto. Si bien el impuesto ya comenzó a cobrarse el 2018, se estableció que las nuevas normas propuestas comenzarán a aplicarse a partir del 2025. Cabe señalar que el año pasado, el Fisco recaudó US$ 162 millones ($ 115.352 millones) a partir de dicho tributo.
Todos estos cambios fueron despachados a la Sala de la Cámara por la comisión de Hacienda.